Audiencia de Apertura de Oferta Económica

Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de evaluación, debe llevarse a cabo la audiencia pública de apertura de las ofertas económicas, en la cual un representante del Consejo Resolutivo debe abrir los sobres que contengan las ofertas de aquellos postulantes que hayan superado el puntaje mínimo ponderado establecido en la Ley.

En la audiencia pública de apertura de la oferta económica, se abrirán los sobres que contienen las ofertas y el Consejo Resolutivo determinará otorgar, denegar o renovar los permisos de operación para cada uno de los postulantes que hayan superado el puntaje mínimo ponderado establecido en la Ley.

En virtud de lo señalado en el artículo 16 de la Ley, que establece que deben funcionar hasta 24 casinos en el territorio nacional, con un mínimo de un casino en cada una de las regiones del país, exceptuando la Región Metropolitana, y el resto debe ser distribuido a nivel nacional, el mecanismo de asignación de los permisos de operación se realizará en dos etapas: la asignación de permisos a regiones con cupo en reserva y la asignación de permisos a nivel nacional. 

En términos similares, el artículo 43 literal a) del Reglamento, establece que el Consejo Resolutivo al momento de resolver cada solicitud de permiso de operación, deberá mantener la reserva de un permiso de operación, respecto de cada una de aquellas regiones en que no exista ningún casino de juego ni se haya autorizado la instalación de uno.  

Para todos los efectos, en caso de empate en el monto de la oferta económica por un mismo cupo, se privilegia el postulante con el mayor puntaje en la oferta técnica.

Acta General Notarial – Apertura de Ofertas Económicas